Más detalles del Real Decreto Ley 15/2018 Transición energética
Medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores
Ya comentamos la semana pasada algunas de las medidas que se tomaron en el nuevo real decreto ley al respecto del sector energético en España. Vimos como dichas medidas afectaban al conocido impuesto al sol, instalaciones fotovoltaicas, gestor de carga, etc.
La gran mayoría de estas medidas han sido tomadas para intentar paliar las continuas subidas de precio de la factura eléctrica y proteger así a los consumidores. Ni que decir tiene que este paquete de medidas ha tenido una muy buena acogida. Esperamos que efectivamente fomenten el uso energías limpias, de movilidad eléctrica y se regulen de una vez por todas los precios de la electricidad.
Existen más áreas de aplicación, también es nuestro caso al ser empresa delegada de Feníe Energía. Como gestores energéticos de Feníe nos encargamos de optimizar tu contrato de luz. ¿Pero, en que más nos afecta el Real Decreto Ley 15/2018 Transición energética?
Real Decreto Ley 15/2018 Transición energética y Feníe Energía
Vamos a resumir en que puede afectar este RDL a los productos comercializados por Feníe Energía y por tanto al cliente final:
- Debido a la suspensión temporal del 7% de generación se espera una mejora en los precios aunque el resultado final no sea muy alentador ya que se ve contrarrestado por el efecto del precio del petróleo y el CO2.
- Ampliación del bono social y creación de un bono social térmico.
- Se elimina la obligación de presentar Boletín en disminuciones de potencia o cambio de titular. Solo será necesario en aumentos de potencia en instalaciones superiores a 20 años.
- En instalaciones que dispongan de contador digital se podrá contratar potencias en escalones de 0,1kW sin necesidad de que sea una potencia normalizada. Nunca superando los 15kW.
- La tarifa 6.1B desaparece y se integra en la 6.2.
- Se suprime el acceso a la información relativa a la comercializadora vigente de un cliente.
- Queda prohibido que las comercializadoras de luz y gas hagan visitas domiciliarías a puerta fría. Evitando así posibles fraudes.
- Corrección obligatoria del factor de potencia en aquellas instalaciones en las que la energía reactiva sea 1,5 veces superior a la energía activa.
Como ves, hay muchos cambios que afectan al consumidor.
A destacar
Por nuestra parte y como delegados de Feníe, queremos ser transparentes y ser tu gestor energético de referencia. De todos los cambios descritos del Real Decreto Ley 15/2018 Transición energética en el epígrafe anterior, creemos que los más destacados o con más repercusión son:
- La supresión del Boletín en caso de bajadas de potencia. Esto nos permitirá como gestores tuyos, ajustar la potencia a la baja tantas veces como sea necesario.
- La contratación de escalones de potencia de 0,1kW. Al igual que el punto anterior, esto nos permitirá un ajuste preciso de la potencia de cada cliente.
- La prohibición de «la puerta fría». Es una gran ventaja para evitar timos y fraudes, sobre todo a personas mayores, problema que surge con demasiada frecuencia.
En resumen, el objetivo principal es optimizar tu contrato de la manera más eficaz posible y con estas medidas podremos hacer las recomendaciones pertinentes a nuestros clientes.
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