Legaliza tu instalación de punto de recarga para coche eléctrico
¿Has instalado un punto de recarga para coche eléctrico?
Si pensabas que después de comprar un coche eléctrico e instalar el punto de recarga habías acabado, estas equivocado. Si has instalado un punto de recarga para coche eléctrico, es probable que no sepas a qué nos referimos. También puede que simplemente tú instalador no te lo haya contado todo. Quizás, solicitaste varios presupuestos de instalación de punto de recarga y contrataste el más económico, al no estar completamente informado.
En nuestro día a día, hemos sido testigos de infinidad de instalaciones de punto de recarga de vehículo eléctrico. Y muchas de ellas no correctamente realizadas o legalizadas, tales como, clientes que no disponen del boletín de instalación o incluso instalaciones sin las debidas protecciones. Como podrás comprobar, existen una serie de cuestiones legales que debes tener en cuenta si quieres evitarte dolores de cabeza.
Existen empresas a las que no les importa lo más mínimo que tengas que gastarte el dinero dos veces. Forma parte de nuestra filosofía el hacer las cosas bien desde el principio.
Cuadro de protecciones
Tal y como hemos comentado, hemos realizado mejoras/actualizaciones en instalaciones que no disponían de cuadro eléctrico de protecciones. Al no disponer de ello, el cargador y lo que es peor, el vehículo eléctrico, se encuentran expuestos y desprotegidos ante alguna eventualidad. TODAS nuestras instalaciones de punto de recarga disponen de cuadro eléctrico de protecciones con los siguientes elementos:
- Magnetotérmico Curva C
- Diferencial Tipo A
- Protector contra sobretensiones
Certificado de instalación eléctrica en baja tensión o CIE

CIE Emopa Tesla
No te dejes engañar, es obligatorio disponer de dicho boletín. Ten en cuenta que ante una posible inspección de Industria, el no disponer del mismo puede suponer importantes sanciones. Con este documento debidamente firmado y sellado por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid tendrás la certeza de que tu instalación está completamente legalizada.
Ponemos a tu disposición la normativa que regula la instalación de punto de recarga de vehículo eléctrico, hablamos de la norma ITC-BT52.
Debes tener en cuenta que este certificado tiene una validez de 10 años. El único responsable de renovarlo es el propietario de la instalación.
Más precio implica más seguridad
Realizar una instalación de punto de recarga para coche eléctrico conforme a la legislación vigente aumentará ligeramente el coste de la misma en comparación con instalaciones más inseguras. Hablamos de unos 300€ adicionales. Creemos que esa diferencia de precio es irrisoria en comparación con el coste del propio vehículo y el cargador. No pongas en riesgo toda tu inversión por el mero hecho de ahorrarte 300€.
De producirse un accidente, tu compañía de seguros no se haría cargo de los daños producidos en tu instalación ni en las instalaciones aledañas. En última instancia el único responsable sería el propietario de la instalación por no haber realizado la instalación de forma legal.
¿Porque insistimos tanto en cumplir la normativa?
Quizás pienses que nos lo inventamos y que realmente no existen instalaciones mal realizadas o incompletas. Pero la realidad no es esa. A nosotros nos gusta el trabajo bien hecho y conforme a la legislación vigente. Como prueba de que lo que hablamos es cierto, os mostramos una imagen real. Este cliente se habrá ahorrado un dinero, a costa de disponer de instalacion inacabada e insegura.
En la imagen puedes observar una instalacion de punto de recarga incompleta. Dicha instalación carece de protección con sobretensiones conforme regula la norma ITC-BT-52. Por este motivo el cliente no podrá optar a la realización del boletín de instalacion y por tanto se encuentra desprotegido ante cualquier posible accidente.
Si quieres más información sobre este tema u otros relacionados con ahorro energético, energías renovables, medio ambiente sostenible contacta con nosotros.
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Instalación Punto de Recarga Vehículo Eléctrico en comunidades de propietarios, viviendas particulares, viviendas unifamiliares, garajes comunitarios o parking de residentes. Trabajamos para las principales marcas de Vehículo Eléctrico, TESLA, RENAULT, NISSAN, BMW, HYUNDAY y otros. Desarrollamos nuestra actividad en Madrid, Móstoles, Alcorcón, Fuenlabrada, Leganés, Getafe, Villaviciosa, Boadilla, Majadahonda, Rozas, Pozuelo, y el resto de la Comunidad de Madrid, inclusive otras provincias. Contrata con profesionales que cumplan con la ITC-BT-52 que regula las instalaciones de Recarga de Vehículo Eléctrico. Obtén tu boletín CIE. Al ser Gestores de Carga te ayudamos si deseas repercutir costes a nivel comunitario cuando varios usuarios cargan sus vehículos eléctricos conectados a un mismo contador.